Asignación Familiar



Consiste en un subsidio estatal es decir una suma en dinero impartida por el Estado, que es pagado periódicamente a quienes son beneficiarios, por cada una de las personas que vivan a sus expensas y cumplan con los requisitos como: edad, parentesco, estado civil, entre otros.



BENEFICIARIOS



  • Trabajadores dependientes pertenecientes al sector público y privado.
  •  Independientes cotizantes al Sistema Previsional.
  •  Personas con subsidio de cesantía o subsidio por incapacidad laboral.
  •  Pensionados de cualquier régimen


PERSONAS QUE SON CARGA
  • La cónyuge y el cónyuge que presenta discapacidad.
  •  Los hijos, hijastros.
  •  Los hijos con discapacidad sin limitación de edad.
  • Los nietos y bisnietos, huérfanos de padre y madre o abandonados.
  • La madre viuda, sin límite de edad.
  • Los ascendientes mayores de 65 años o inválidos de cualquier edad.

RECONOCIMIENTO DE CARGAS FAMILIARES



Documentos requeridos


Para acreditar la calidad de causante, debe presentar los siguientes documentos:

  • Trabajadores dependientes que no estén adheridos a otra entidad: Contrato de trabajo, Detalle de licencias, Certificado de AFP, Declaración jurada de renta.

  • Pensionados previsionales y de Pensiones Básicas Solidarias:Resolución de pensión, liquidación de pensión o detalle de pago.


  • Cualquier persona natural, pensionada o cesante, que tenga el cuidado del menor por sentencia judicial:Contrato, resolución de pensión, liquidación de pensión o detalle de pago. 

  • Todos los subsidiados de cesantía registrados en la base de datos del IPS:No requiere presentar documentos que validen su condición, ya que sus datos de renta se obtienen de la base de datos de pago de beneficios.



¿Dónde cobrar el beneficio?





Existen diferentes formas de cobrar la Asignación Familiar, depende del tipo de beneficiario que sea:

•Trabajadores dependientes: paga el empleador junto con la remuneración, aunque el trabajador se encuentre en periodo de incapacidad laboral.

•Trabajadores independientes por cuenta propia: deberán declarar sus cargas en el IPS y les serán pagadas en el momento de efectuar sus cotizaciones o aportes.

• Pensionados: paga la misma entidad que le paga la pensión.

•  Subsidios de cesantía: se les paga junto con el subsidio.

De acuerdo con la Ley Nº20.763 valores desde el 1º de Julio de 2015


MONTOS ACTUALIZADOS DE ASIGNACIÓN FAMILIAR 1ERO DE JULIO DE 2015
TRAMO
MONTO
REQUISITO
A
$9.899
Renta < ó =$252.882
B
$6.075
Renta > $ 252.882 < = $369.362
C
$1.920
Renta > $369.362 <=$ 576.080
D
$0
Renta > $ 576.080


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